martes, 14 de abril de 2009

Ley de radiodifusión. ¿Pelea de fondo o jueguito para la tribuna?

Investigación Periodística
Por Carlos del Frade | delfradec@ciudad.com.ar

En mayo de 2005, la presidencia de Néstor Kirchner, a través del decreto 527, suspendió el plazo que exigía un nuevo llamado a licitación para explotar los medios audiovisuales de comunicación. La consecuencia fue una prórroga de diez años a esos mismos grupos. El 19 de marzo de 2009, la presidenta Cristina Fernández presentó un proyecto oficial de ley de radiodifusión que -después de un cuarto de siglo de democracia- permitirá superar el decreto de la dictadura que rige desde 1980 sobre propiedad, contenidos y finalidad de los medios de comunicación audiovisuales.

La gran duda es saber si el kirchnerismo dará la pelea por el poder real o simplemente dirá una cosa para después terminar consagrando la matriz de los años noventa como sucede con el petróleo, los minerales, la tierra y la pesca, entre otros temas. Mientras tanto, los oligopolios como “Clarín” ya pusieron el grito en el cielo y los sindicatos de prensa de todo el país deberían aprovechar la oportunidad para discutir el destino final de la producción de los trabajadores para que estos no sufran enfermedades profesionales derivadas de distintas formas de censura y precarización laboral que abundan en las grandes empresas comunicacionales.

Noticias y dinero
“El proyecto oficial para los medios audiovisuales desató la polémica. Le da al Gobierno poder discrecional para condicionar a la prensa”, fue la noticia que publicó el diario “Clarín”, el viernes 20 de marzo de 2009.
El matutino es la nave insignia de uno de los principales oligopolios que concentra decenas de medios radiales, televisivos y gráficos en la gran mayoría de las provincias argentinas.
El grupo, denominado AGEA Clarín facturó durante el período 2007 - 2008, por 1.178 millones de pesos, ocupando el puesto 102 entre las mil empresas que más facturan en la Argentina, según el tradicional y reconocido ranking que realiza todos los años la revista “Mercado”.
Semejante volumen de dinero equivale a facturar 2.272 pesos cada sesenta segundos, más de setecientos dólares por minuto.
“Clarín” no es solamente una fenomenal herramienta de producción de sentido a través de las noticias y entretenimientos, sino que forma parte de la minoría económica que concentra la riqueza.
Los grandes medios de comunicación, entonces, forman parte de las clases dominantes.
Un rápido repaso de las otras grandes marcas comunicacionales profundizan el concepto: Cablevisión, ubicada en el puesto 46, facturó 2.613 millones de pesos, a razón de 5.040 pesos cada sesenta segundos.
Multicanal, número 104, facturó por 1.168 millones de pesos; 2.253 pesos por minuto.
“La Nación”, el grupo que tiene al diario inventado por el inventor de la historia oficial argentina, Bartolomé Mitre -el mismo del billete de dos pesos-, facturó por 482 millones de pesos, logrando el puesto 236 entre las mil empresas que más venden en la Argentina. Un total de 929 pesos cada minuto.
“Supercanal”, del grupo Vila - Manzano - Vignatti, ubicado en el puesto 259, facturó por 460 millones de pesos, 887 pesos cada sesenta segundos.
“Telefé”, del grupo Telefónica, ubicado en el ranking 350, facturó por 320 millones de pesos, 617 pesos por minuto.
“Torneos y Competencias”, también una sociedad vinculada con Clarín, 501 en la tabla, facturó por 212 millones de pesos, es decir 408 pesos por minuto.
Canal 9, de capitales mexicanos, apostado en el sitio 787, facturó por 128 millones de pesos, a razón de 246 pesos cada sesenta segundos.
“América TV”, puesto 848, con una facturación de 117 millones de pesos, 225 pesos por minuto.
Y en el puesto 900, “La Voz del Interior”, 110 millones de pesos, 212 por minuto.
Los grandes medios de comunicación de la Argentina, entonces, forman parte del conglomerado de las grandes empresas, de la llamada burguesía argentina.
Su función es mantener el esquema cultural necesario para garantizar semejante concentración de riquezas en pocas manos.
Un proyecto de radiodifusión democrático, de hecho, debería romper con esta concentración de poder económico y político.
¿Realmente el kircherismo producirá esos cambios, irá a fondo en esta pelea o, como en la mayoría de los casos, dirá un discurso progresista -por un lado- y mantendrá invicta e intocable la estructura de los años noventa -por el otro?

Los tiempos de
la noticia obediente
Los años noventa trajeron los multimedios a la provincia de Santa Fe.
Desembarcaron los grupos Uno y Telefónico y comenzó la era de la noticia obediente.
La información dependía de los intereses y relaciones de los dueños de los grandes medios de comunicación antes que del derecho colectivo.
Los medios preexistentes cerraron filas y decidieron dar competencia a partir del trabajo casi sin límites de sus empleados, muchos de ellos en negro o relacionados a través de la figura del monotributo y la permanente exigencia de pautas publicitarias.
Sucedió en las principales ciudades, como Rosario y Santa Fe, pero también se observa una lógica similar en Rafaela, Venado Tuerto, Reconquista y Villa Gobernador Gálvez, por nombrar las más importantes.
La noticia obediente generó el éxodo de cientos y cientos de oyentes hasta entonces fieles a las radios santafesinas y rosarinas al universo de las emisoras de Capital Federal que ganaron en audiencia a través de una mejor tecnología y la nitidez de sus frecuencias moduladas.
Los antiguos gerentes artísticos dejaron su lugar a contadores y la lógica que se impuso fue ser oficialista en mayor o menor medida en relación a los tres estados: nacional, provincial y municipal.
Los diarios consolidaron su rol de factores de poder y agenda de los otros medios pero dejaron de lado la investigación y la continuidad de los temas locales.
Los canales de televisión regionales apenas producen un veinte por ciento de contenido local y se limitan a repetir lo que viene de Buenos Aires. Una clara dependencia que no pudo modificarse en un cuarto de siglo de democracia.
Las señales de cable fueron las que se mostraron más abiertas a ese tipo de programas pero la escasa difusión y lo segmentado de la audiencia no provocó una mayor incidencia en la población.
Hubo si una proliferación interesante de revistas y periódicos locales llevados adelante por jóvenes periodistas egresados de institutos y escuelas oficiales y privadas de comunicación social.
Una apertura que también pudo mostrarse en el universo de las radios de frecuencia moduladas de la provincia.
Sin embargo he aquí un gran desafío para los tiempos que vienen: es necesario masificar lo alternativo.
Y para ello será fundamental cuidar y mejorar el contenido y también, en forma paralela, el continente. No basta con decir algo que no haya sido dicho en los grandes medios de comunicación, es fundamental decirlo de la mejor manera para que le llegue a mayor cantidad de gente.
La clase política, en líneas generales, se ha mostrado dócil ante los grandes medios de comunicación sin asumir -en ningún momento- que las ondas de radio y televisión no les pertenecen a esos inquilinos que se hacen llamar “dueños”, sino al estado nacional.
La subordinación de la clase política ante los grandes medios de comunicación es proporcional a una de las herencias de la década del noventa totalmente invicta: la subordinación de lo político a los factores de poder económico.

Memorias
“Los medios justifican el sistema”, sostuvo el periodista y escritor uruguayo, Eduardo Galeano, a mediados de los años noventa.
Las grandes empresas dedicadas a la información y al entretenimiento producen valores que consolidan la actual estructura social: concentración de riquezas en pocas manos y resignación de las mayorías ante un esquema que deben considerar como si fuera un orden natural y, por lo tanto, inmodificable. Los grandes medios de comunicación en la Argentina facturan miles de pesos por minuto y, de tal forma, son parte de las minorías dominantes. De allí que la discusión por una nueva ley de radiodifusión es una forma de discutir el poder real en estos crepusculares días de 2009.
A este debate habrá que sumar a miles de trabajadores de prensa que a lo largo de los últimos veinte años soportan inestabilidad laboral, censuras, malos salarios y el régimen de la noticia obediente: hay que pedir permiso para informar.
No sea cosa que se lesionen las susceptibilidades de distintos factores de poder, sean públicos o privados.
Una breve historia de las leyes de radiodifusión en la Argentina permitirá apreciar que no se trata de algo menor, sino de herramientas capaces de modificar el sentido común de las mayorías en estos arrabales del mundo. Este es el objetivo de las próximas líneas.
La primera reglamentación nacional sobre radiodifusión viene de la década infame.
En 1933, el poder ejecutivo nacional sancionó el decreto 21.004 con el objetivo de “regular todas las radiocomunicaciones del país, aplicándoselo también a la radiodifusión. Contenía normas técnicas, operativas y también sobre los contenidos de los mensajes. Con este decreto y algunas resoluciones complementarias que dictaba la Dirección General de Correos y Telégrafos para los casos novedosos especiales, se mantuvo en un hacer ordenado a esta actividad”.
Sin embargo, el desarrollo de la radio en la Argentina, como más tarde sucedería con la televisión, estuvo vinculada a las empresas de electrodomésticos estadounidenses y europeos que, como en otros terrenos, competían por el mercado argentino.
La dictadura de Uriburu y Castillo generaban poca información sobre el saqueo del país y de allí que el gran género popular fue el radioteatro, por un lado, y las crónicas existenciales como las “Aguafuertes” de Roberto Arlt, por el otro.
Fueron los tiempos en que la prensa política tuvo un amplio desarrollo a partir de las publicaciones anarquistas y, en forma paralela, la difusión de los llamados cuadernos de la Fuerza de Orientación Radical de la Joven Argentina (FORJA), entre los cuales hay que destacar los notables trabajos de Raúl Scalabrini Ortiz y Arturo Jauretche.
Pero la primera ley específica para radiodifusión fue dictada en 1953, durante el segundo gobierno de Juan Perón. Fue la número 14.241 y le daba poder al Estado “sobre los sistemas en funcionamiento y los agrupa en tres redes nacionales para cubrir todo el territorio. Estas redes fueron adjudicadas por concurso público a tres empresas en ese momento: Red A “Empresa Editorial Haynes”; Red B “Asociación Promotores de Telerradiodifusión SA” y Red C, “La Razón Editorial, Emisora, Financiera y Comercial”.
El golpe de 1955 eliminó aquella ley y dos años después dictó el decreto 15.460 que privatizó el servicio de telerradiodifusión. Ya no había redes, sino licencias individuales. El estado comenzaba a ser un espectador. Un cómplice de lo que comenzaba a suceder en los grandes medios de comunicación que llegarían a partir de los años sesenta de la mano de las tres fuerzas armadas, expresiones de las clases dominantes.
En 1972, hubo otro decreto ley de la dictadura saliente de Alejandro Lannuse, el 19.798 que llevó el pomposo nombre de Ley de Telecomunicaciones. Aunque se hablaba de la intervención del estado respetaba la propiedad privada de los licenciatarios de la segunda parte de la década del cincuenta.
En setiembre de 1980, fue dictada - en medio del terrorismo de estado y en pleno corazón de la matriz matar para robar, mentir para ocultar - la actual ley 22.285. Confirmaba la privatización de los grandes medios de comunicación y establecía las bases para la mercantilización de la información que sería garantizada y profundizada por las modificaciones realizadas durante los años noventa.
Concentración de riquezas en pocas manos, concentración de tierras, concentración bancaria, extranjerización de la economía, concentración de medios de comunicación en pocas empresas. Así nacieron los multimedios. El grupo Clarín, el grupo Telefónica y el grupo Vila, compuesto por los hermanos Vila y su principal operador político, José Luis Manzano, el ex ministro del Interior del menemismo. Tres empresas que concentran alrededor de 200 medios de comunicación. Menos de veinte personas que le manejan la cabeza, de manera cotidiana, que le dicen en qué pensar y en qué no pensar, a más de veinte millones de argentinos.
En mayo de 2005, la presidencia de Néstor Kirchner, a través del decreto 527, suspendió el plazo que exigía un nuevo llamado a licitación para explotar los medios audiovisuales de comunicación. La consecuencia fue una prórroga de diez años a esos mismos grupos.
La comunicación en manos de aquellos que alentaron el genocidio en los años setenta, primero, y luego el saqueo de los años noventa.
Kirchnerismo en estado puro: continuidad de la matriz de los años noventa en casi todos los rubros.
La reciente disputa entre el grupo Clarín y la administración ahora liderada por la señora Cristina Fernández, abrió la posibilidad para discutir una ley de radiodifusión democrática.
Nadie puede garantizar hasta cuándo estará abierta esa grieta en la clase dominante.
Lo que si es necesario, desde los sectores populares, es aprovechar la posibilidad para discutir causas y consecuencias de medios de comunicación en manos de las minorías.
De allí que nuestra propuesta debe partir desde el documento de 21 puntos elaborados por organizaciones sociales y políticas que vienen trabajando el tema desde el año 2004.
Discutir la comunicación en la Argentina es, nada menos, que discutir el poder real.
Sin información precisa y al servicio de las mayorías, la sociedad argentina seguirá presa de sus dominadores.

Los 21 puntos
Coalición por una Radiodifusión Democrática
INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA

1. Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos.

2. La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información.

3. Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.

4. Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante.
5. La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversidad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión.

6. Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos.

7. El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales.

8. En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo.

9. Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica.

10. No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.

11. Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales.

12. Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales.

13. Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad.

14. La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales.

15. La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia.

16. Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional.

17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en ésta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad.

18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia.

19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales.

20. Se creará la figura de la "Defensoría del público", con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público.

21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional.

1 comentario:

El anónimo dijo...

ay ay Carlitos continuidad de los 90 en casi todos los rubros. Que me decis de la recuperacion del espacio radioelectrico, AFJP, Aerolineas, Area Material Cordoba, Sacarle a las Bolsas de Comercio el mercado de granos, Sacarle las cartas de porte a los socios de ls Sociedad Rural, Juicios a represores, entre otras cuestiones etc, etc. Mira en que anda la oposicion, en especial el "socialismo" imperante en la provincia. ¿Retenciones 0, de eso ni una palabra no?